En el marco del Año Jubilar de san José, se podrá lucrar la indulgencia plenaria en la Parroquia de San José (c/ Alcalá 43) los días 19 de marzo y 1 de mayo,
cumpliendo ALGUNA de las siguientes condiciones:
– Meditación de 30 minutos sobre el padrenuestro.
– Retiro con una predicación sobre san José.
– Una obra de misericordia corporal o espiritual.
– Rezo del santo rosario en familia.
– Rezo en común del santo rosario los novios.
– Alguna oración a san José por la Iglesia perseguida.
– Cualquier oración o acto de piedad en honor a san José.
– El día 19 de marzo con una oración o acto de piedad.
– En el día de la Sagrada Familia con una oración o acto de piedad.
– Los días 19 de cada mes con cualquier oración o acto de piedad.
– Los miércoles de cada semana con una oración o acto de piedad.
y cumpliendo TODOS estos requisitos:
– Aborrecimiento de los pecados (incluidos los veniales).
– Rezar una oración por el Papa.
– Confesión sacramental y comunión el día que se hace la obra indulgenciada o una semana antes o después.
– Hacer la obra indulgenciada.
Las indulgencias plenarias pueden aplicarse por las almas de las personas difuntas.
Salve, custodio del Redentor
y esposo de la Virgen María.
A ti Dios confió a su Hijo,
en ti María depositó su confianza,
contigo Cristo se forjó como hombre.
Oh, bienaventurado José,
muéstrate padre también a nosotros
y guíanos en el camino de la vida.
Concédenos gracia, misericordia y valentía,
y defiéndenos de todo mal. Amén.
la indulgencia plenaria:
– es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia.
– libera totalmente de la pena temporal debida por los pecados. Se puede obtener solo una vez al día.
– es aplicable a sí mismo o a los difuntos, pero no a otras personas vivas.